BIA Decisión Sobre Prórrogas de Corte, Matter of Mayen

La Board of Immigration Appeals emitió una decisión el 22 de enero de 2020, titulada Matter of Mayen, 27 I&N Dec. 755. Esta decisión se produjo después de una apelación de un individuo al que se le negó la continuación en la corte de inmigración. La razón para solicitar la continuación fue dar tiempo para que el USCIS adjudique una Petición de Estatus de No Inmigrante U pendiente, generalmente llamada Visa U.

Esta decisión es importante porque la Administración Trump ha luchado para aumentar la velocidad a la que se deciden los casos en el tribunal de inmigración, y con ello el número de personas que pueden ser deportadas. Eso ha fracasado en gran medida ya que el número de casos en los tribunales se ha disparado más de un millón y muchos casos aún requieren años para procesarse. Reducir el número de continuidades otorgadas ha sido un gran objetivo.

Además, en virtud de una decisión anterior titulada Asunto de Sánchez Sosa, 25 I&N Dic. 807 (BIA 2012), que creó una especie de presunción de ejercer discreción para continuar un caso si hay una solicitud de Visa U pendiente siempre que se considere ” prima facie aprobable ”. Eso generalmente significaba que si era probable que fuera aprobado o el USCIS hubiera indicado que lo aprobaría, de no ser por falta de visas, el caso generalmente debería continuar.

La decisión en Materia de Mayen no anula esta importante decisión, pero confunde el problema lo suficiente como para que pueda dañar a las personas que intentan continuar los casos en función de las Visas U pendientes. Las personas en los procesos judiciales de inmigración probablemente escucharán muchos de los mismos factores citados en Materia de Mayen en los próximos meses y años, tales como:

  • La falta de diligencia en la obtención de una visa U, como esperar años después de que se cometió un delito para presentar, contará contra las continuidades
  • Incertidumbre sobre cuándo se puede emitir una visa, una preocupación real cuando los tiempos de espera pueden ser más de una década
  • La oposición del DHS a las continuidades, que ahora son generalmente ciertas
  • Un estado individual como detenido bajo un peso a favor de casos rápidos
  • La naturaleza especulativa e indefinida de las solicitudes de continuidad
  • Negar una continuación no es realmente el caso del prejuicio individual

¿Cómo podrían responder los individuos a estos problemas en sus propios casos? Lo más probable es que sus abogados tengan que hacer frente a la carga cada vez mayor de probar cada elemento de cada caso, como está ocurriendo en muchas áreas de la ley de inmigración. Algunas posibles reacciones a esta nueva decisión pueden incluir:

  • Documentar afirmativamente las razones por las cuales alguien no fue diligente en la presentación de una visa U cuando se cometió un delito, como no conocer la visa U como una forma de alivio o por otras razones
  • Explicar por qué ser detenido no siempre es contrario al interés de un individuo, especialmente si temen persecución, tortura y muerte en otro país.
  • El alivio de la visa U no siempre es especulativo si es una muestra prima facie
  • La naturaleza indefinida de las solicitudes de continuación se debe en realidad al hecho de que el gobierno eliminó la capacidad de los jueces de inmigración para cerrar casos administrativamente o de otro modo gestionar casos que podrían estar pendientes durante años
  • Negar una continuación da como resultado un prejuicio real porque el USCIS generalmente emite avisos de acción diferida y permisos de trabajo para aquellos con casos aprobables, y la demora en hacerlo es completamente del lado del USCIS